Internar a un familiar que no quiere: orientación para familias de Rada Tilly
Que la persona no quiera tratarse hoy no cierra el camino. Mientras tanto se trabaja con la familia, y la internación sin consentimiento solo procede en los casos que marca la Ley 26.657. Consultas desde Rada Tilly.
Si estás en Rada Tilly. No tenemos una sede en Rada Tilly: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Chubut.
No hace falta que la persona lo haya decidido
La mayoría de las consultas no las hace quien consume, sino alguien de la familia: una madre, una pareja, un hermano. Y casi siempre llegan cansados, después de meses de promesas que no se cumplieron. Consultar vos no es actuar a espaldas de nadie: es empezar a ordenar.
Mientras la persona todavía no acepta, se puede trabajar sobre cómo plantear la conversación, qué límites tienen sentido y qué cosas que se hacen por amor terminan amortiguando las consecuencias del consumo.
Consultar desde Rada Tilly
Rada Tilly está en Chubut, en la Patagonia. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.
Las distancias en la región obligan a planificar: se acuerda la fecha, quién acompaña y qué se lleva, antes de que nadie se suba a un micro o a un avión. La evaluación previa se hace a distancia justamente por eso.
Si la persona todavía no acepta tratarse
Es la situación más frecuente y no es un callejón sin salida. Que alguien no acepte hoy no significa que no vaya a aceptar, y la ambivalencia forma parte del cuadro y no de su personalidad.
Mientras tanto se puede trabajar con quienes conviven con la situación: cómo plantear la conversación, qué límites tienen sentido y cuáles no se van a poder sostener, y qué cosas que se hacen por amor terminan amortiguando las consecuencias del consumo. Esa consulta la puede iniciar la familia sola.
Qué cubre la obra social o la prepaga
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934.
Un "no está cubierto" dicho por teléfono no es la última palabra. El pedido se presenta por escrito, con el informe del equipo que evaluó a la persona, y la negativa también se pide por escrito. Si se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos por falta de cobertura.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si la persona quiere irse antes de tiempo?
Pasa en casi todos los tratamientos, sobre todo al principio. Entender por qué ocurre y cómo se trabaja evita decisiones tomadas en caliente.
Leer la respuesta completa¿Qué profesionales trabajan en un centro de adicciones?
Un tratamiento serio no lo sostiene una sola persona. Te contamos quiénes suelen integrar el equipo y qué preguntar para verificarlo.
Leer la respuesta completa¿Se puede visitar a la persona internada?
Una de las primeras preguntas de toda familia. Te explicamos cómo funcionan las visitas y por qué existen períodos de adaptación.
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