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Internación por adicciones con prepaga: orientación para familias de Cayasta

Las prepagas también están obligadas a cubrir el tratamiento por consumo problemático. Desde Cayasta, el primer paso es la evaluación: con ese informe se arma el pedido de cobertura.

Si estás en Cayasta. No tenemos una sede en Cayasta: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Santa Fe.

Costo y cobertura

Cobertura: lo que dice la ley

La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley 26.657 de Salud Mental y la Ley 26.934. Un "no está cubierto" por teléfono no es la última palabra: el pedido se presenta por escrito con el informe del equipo, y la negativa también se pide por escrito.

Si no hay cobertura, existe una red pública gratuita: la línea 141 de SEDRONAR, las 24 horas, orienta también a familiares e indica qué recurso corresponde a cada zona.

la región centro del país

Consultar desde Cayasta

Cayasta está en Santa Fe, en la región centro del país. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.

El traslado se coordina con fecha y horario acordados. Aun cuando la distancia es manejable, conviene que el día del ingreso esté organizado de antemano y no resuelto sobre la marcha.

Si la persona todavía no acepta tratarse

Es la situación más frecuente y no es un callejón sin salida. Que alguien no acepte hoy no significa que no vaya a aceptar, y la ambivalencia forma parte del cuadro y no de su personalidad.

Mientras tanto se puede trabajar con quienes conviven con la situación: cómo plantear la conversación, qué límites tienen sentido y cuáles no se van a poder sostener, y qué cosas que se hacen por amor terminan amortiguando las consecuencias del consumo. Esa consulta la puede iniciar la familia sola.

Qué cubre la obra social o la prepaga

La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934.

Un "no está cubierto" dicho por teléfono no es la última palabra. El pedido se presenta por escrito, con el informe del equipo que evaluó a la persona, y la negativa también se pide por escrito. Si se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos por falta de cobertura.

Antes de escribir

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si la persona quiere irse antes de tiempo?

Pasa en casi todos los tratamientos, sobre todo al principio. Entender por qué ocurre y cómo se trabaja evita decisiones tomadas en caliente.

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¿Qué es una comunidad terapéutica y en qué se diferencia de una clínica?

Se parecen desde afuera, pero no tratan lo mismo ni de la misma manera. Te explicamos la diferencia real para que sepas qué estás buscando.

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¿Cuánto dura una internación por adicciones?

La pregunta que toda familia hace en la primera llamada. La respuesta honesta no es un número fijo, pero sí se puede explicar de qué depende.

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