Consultas confidenciales · Atención en todo el país

Internación por adicciones con obra social: orientación para familias de Progreso

El tratamiento por consumo problemático está en el Programa Médico Obligatorio. Si la obra social te dice que no por teléfono, el pedido se hace por escrito con el informe del equipo. Consultas desde Progreso.

Si estás en Progreso. No tenemos una sede en Progreso: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Santa Fe.

la región centro del país

Consultar desde Progreso

Progreso está en Santa Fe, en la región centro del país. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.

El traslado se coordina con fecha y horario acordados. Aun cuando la distancia es manejable, conviene que el día del ingreso esté organizado de antemano y no resuelto sobre la marcha.

Qué cubre la obra social o la prepaga

La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934.

Un "no está cubierto" dicho por teléfono no es la última palabra. El pedido se presenta por escrito, con el informe del equipo que evaluó a la persona, y la negativa también se pide por escrito. Si se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos por falta de cobertura.

Qué preguntar antes de elegir un centro

Cinco preguntas que conviene hacer en cualquier lugar que estén evaluando, incluido este: quién evalúa y con qué formación, qué profesionales están y en qué horarios, cómo se maneja una urgencia médica, qué pasa si la persona quiere irse, y qué incluye exactamente lo que se cobra.

Una respuesta vaga a cualquiera de esas cinco es información. Un lugar que promete resultados o pone un plazo cerrado antes de evaluar, también.

Costo y cobertura

Cómo se paga un tratamiento

La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley 26.657 de Salud Mental y la Ley 26.934. Un "no está cubierto" por teléfono no es la última palabra: el pedido se presenta por escrito con el informe del equipo, y la negativa también se pide por escrito.

Si no hay cobertura, existe una red pública gratuita: la línea 141 de SEDRONAR, las 24 horas, orienta también a familiares e indica qué recurso corresponde a cada zona.

Antes de escribir

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si la persona quiere irse antes de tiempo?

Pasa en casi todos los tratamientos, sobre todo al principio. Entender por qué ocurre y cómo se trabaja evita decisiones tomadas en caliente.

Leer la respuesta completa
¿Se atienden adolescentes? ¿Cómo cambia el abordaje?

Con un adolescente cambian el encuadre legal, el rol de los padres y los tiempos del proceso. Te contamos qué se hace distinto y cómo es la primera consulta.

Leer la respuesta completa
¿Se puede internar a una persona que no quiere tratarse?

La respuesta legal no es la que la mayoría de las familias espera, y esa diferencia importa. Qué se puede hacer realmente cuando la persona se niega a tratarse.

Leer la respuesta completa

Escribinos desde Progreso

Un profesional del equipo te responde y te orienta sobre los pasos concretos, sin costo ni compromiso.

Ante una urgencia médica llamá al 107 o al 911. Este sitio no es un servicio de emergencias.

¿Necesitás orientación ahora? Te respondemos por WhatsApp y conversamos tu caso sin compromiso.