Comunidad terapéutica para adolescentes: consultas desde Villa Bustos
Con adolescentes el tratamiento tiene requisitos propios: participación de los adultos responsables, escolaridad y un abordaje distinto al de adultos. Si consultás desde Villa Bustos por un menor, preguntá primero si el programa admite esa edad.
Si estás en Villa Bustos. No tenemos una sede en Villa Bustos: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Córdoba.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si la persona quiere irse antes de tiempo?
Pasa en casi todos los tratamientos, sobre todo al principio. Entender por qué ocurre y cómo se trabaja evita decisiones tomadas en caliente.
Leer la respuesta completa¿Se atienden adolescentes? ¿Cómo cambia el abordaje?
Con un adolescente cambian el encuadre legal, el rol de los padres y los tiempos del proceso. Te contamos qué se hace distinto y cómo es la primera consulta.
Leer la respuesta completa¿Se puede internar a una persona que no quiere tratarse?
La respuesta legal no es la que la mayoría de las familias espera, y esa diferencia importa. Qué se puede hacer realmente cuando la persona se niega a tratarse.
Leer la respuesta completaConsultar desde Villa Bustos
Villa Bustos está en Córdoba, en la región centro del país. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.
El traslado se coordina con fecha y horario acordados. Aun cuando la distancia es manejable, conviene que el día del ingreso esté organizado de antemano y no resuelto sobre la marcha.
Si la persona todavía no acepta tratarse
Es la situación más frecuente y no es un callejón sin salida. Que alguien no acepte hoy no significa que no vaya a aceptar, y la ambivalencia forma parte del cuadro y no de su personalidad.
Mientras tanto se puede trabajar con quienes conviven con la situación: cómo plantear la conversación, qué límites tienen sentido y cuáles no se van a poder sostener, y qué cosas que se hacen por amor terminan amortiguando las consecuencias del consumo. Esa consulta la puede iniciar la familia sola.
Qué cubre la obra social o la prepaga
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934.
Un "no está cubierto" dicho por teléfono no es la última palabra. El pedido se presenta por escrito, con el informe del equipo que evaluó a la persona, y la negativa también se pide por escrito. Si se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos por falta de cobertura.
Qué se tiene en cuenta en cada caso
La edad, el estado de salud, si hay un diagnóstico de salud mental, si hay hijos a cargo o un trabajo que sostener: todo eso cambia qué tratamiento tiene sentido. Un programa que funciona para una persona puede no ser el adecuado para otra.
Cada institución define a quién admite. Si el nuestro no es el programa adecuado para la persona por la que consultás, te lo decimos y te orientamos hacia lo que corresponda.
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