Tratamiento residencial de adicciones: consultas desde Villa Crespo
En un tratamiento residencial la persona vive en el lugar durante un período, con una rutina diaria y trabajo terapéutico sostenido. Se indica cuando el entorno de Villa Crespo no alcanza para sostener el cambio.
Si estás en Villa Crespo. No tenemos una sede en Villa Crespo: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Ciudad de Buenos Aires.
Cómo comparar opciones
Comunidad terapéutica, clínica, granja, centro de rehabilitación: la gente usa muchos nombres para cosas que no siempre son iguales. Lo que diferencia a un lugar de otro no es cómo se llama, sino quién evalúa, qué profesionales trabajan, cómo se maneja una urgencia médica y qué pasa cuando la persona quiere irse.
Por eso la primera consulta no es para "reservar un lugar": es para entender la situación y saber si una internación es lo que corresponde. Muchas veces lo es; otras, la indicación es un tratamiento ambulatorio o empezar trabajando con la familia.
Consultar desde Villa Crespo
Villa Crespo está en Ciudad de Buenos Aires, en la región centro del país. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.
El traslado se coordina con fecha y horario acordados. Aun cuando la distancia es manejable, conviene que el día del ingreso esté organizado de antemano y no resuelto sobre la marcha.
Si la persona todavía no acepta tratarse
Es la situación más frecuente y no es un callejón sin salida. Que alguien no acepte hoy no significa que no vaya a aceptar, y la ambivalencia forma parte del cuadro y no de su personalidad.
Mientras tanto se puede trabajar con quienes conviven con la situación: cómo plantear la conversación, qué límites tienen sentido y cuáles no se van a poder sostener, y qué cosas que se hacen por amor terminan amortiguando las consecuencias del consumo. Esa consulta la puede iniciar la familia sola.
Qué cubre la obra social o la prepaga
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934.
Un "no está cubierto" dicho por teléfono no es la última palabra. El pedido se presenta por escrito, con el informe del equipo que evaluó a la persona, y la negativa también se pide por escrito. Si se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos por falta de cobertura.
Preguntas frecuentes
¿El tratamiento es confidencial? ¿Se entera el trabajo o el resto de la familia?
El secreto profesional protege la información de salud. Te explicamos qué se comparte, con quién, qué pasa con el trabajo y cuáles son los límites reales.
Leer la respuesta completa¿Se puede tratar la adicción si además hay un problema de salud mental?
Adicción y salud mental suelen ir juntas. Te explicamos qué significa patología dual y por qué tratar una sola de las dos partes casi nunca alcanza.
Leer la respuesta completa¿Se puede internar a una persona que no quiere tratarse?
La respuesta legal no es la que la mayoría de las familias espera, y esa diferencia importa. Qué se puede hacer realmente cuando la persona se niega a tratarse.
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