Internación por adicciones con prepaga: orientación para familias de Yapeyu
Las prepagas también están obligadas a cubrir el tratamiento por consumo problemático. Desde Yapeyu, el primer paso es la evaluación: con ese informe se arma el pedido de cobertura.
Si estás en Yapeyu. No tenemos una sede en Yapeyu: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Corrientes.
Cobertura: lo que dice la ley
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley 26.657 de Salud Mental y la Ley 26.934. Un "no está cubierto" por teléfono no es la última palabra: el pedido se presenta por escrito con el informe del equipo, y la negativa también se pide por escrito.
Si no hay cobertura, existe una red pública gratuita: la línea 141 de SEDRONAR, las 24 horas, orienta también a familiares e indica qué recurso corresponde a cada zona.
Consultar desde Yapeyu
Yapeyu está en Corrientes, en el Nordeste argentino. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.
El traslado se planifica con anticipación y con la familia al tanto de cada paso. Lo que no conviene es improvisar un viaje largo en el medio de una crisis: primero se hace la evaluación, después se define la fecha.
Si la persona todavía no acepta tratarse
Es la situación más frecuente y no es un callejón sin salida. Que alguien no acepte hoy no significa que no vaya a aceptar, y la ambivalencia forma parte del cuadro y no de su personalidad.
Mientras tanto se puede trabajar con quienes conviven con la situación: cómo plantear la conversación, qué límites tienen sentido y cuáles no se van a poder sostener, y qué cosas que se hacen por amor terminan amortiguando las consecuencias del consumo. Esa consulta la puede iniciar la familia sola.
Qué cubre la obra social o la prepaga
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934.
Un "no está cubierto" dicho por teléfono no es la última palabra. El pedido se presenta por escrito, con el informe del equipo que evaluó a la persona, y la negativa también se pide por escrito. Si se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos por falta de cobertura.
Preguntas frecuentes
¿Se puede tratar la adicción si además hay un problema de salud mental?
Adicción y salud mental suelen ir juntas. Te explicamos qué significa patología dual y por qué tratar una sola de las dos partes casi nunca alcanza.
Leer la respuesta completa¿El tratamiento es confidencial? ¿Se entera el trabajo o el resto de la familia?
El secreto profesional protege la información de salud. Te explicamos qué se comparte, con quién, qué pasa con el trabajo y cuáles son los límites reales.
Leer la respuesta completa¿La ludopatía también se trata en una comunidad terapéutica?
El juego problemático es una adicción sin sustancia y se trata como tal. Te contamos qué tiene de particular y cómo se aborda en un dispositivo terapéutico.
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