Internación por adicciones con prepaga: orientación para familias de Suardi
Las prepagas también están obligadas a cubrir el tratamiento por consumo problemático. Desde Suardi, el primer paso es la evaluación: con ese informe se arma el pedido de cobertura.
Si estás en Suardi. No tenemos una sede en Suardi: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Santa Fe.
Qué cubre la obra social
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley 26.657 de Salud Mental y la Ley 26.934. Un "no está cubierto" por teléfono no es la última palabra: el pedido se presenta por escrito con el informe del equipo, y la negativa también se pide por escrito.
Si no hay cobertura, existe una red pública gratuita: la línea 141 de SEDRONAR, las 24 horas, orienta también a familiares e indica qué recurso corresponde a cada zona.
Consultar desde Suardi
Suardi está en Santa Fe, en la región centro del país. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.
El traslado se coordina con fecha y horario acordados. Aun cuando la distancia es manejable, conviene que el día del ingreso esté organizado de antemano y no resuelto sobre la marcha.
Qué preguntar antes de elegir un centro
Cinco preguntas que conviene hacer en cualquier lugar que estén evaluando, incluido este: quién evalúa y con qué formación, qué profesionales están y en qué horarios, cómo se maneja una urgencia médica, qué pasa si la persona quiere irse, y qué incluye exactamente lo que se cobra.
Una respuesta vaga a cualquiera de esas cinco es información. Un lugar que promete resultados o pone un plazo cerrado antes de evaluar, también.
Qué cubre la obra social o la prepaga
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934.
Un "no está cubierto" dicho por teléfono no es la última palabra. El pedido se presenta por escrito, con el informe del equipo que evaluó a la persona, y la negativa también se pide por escrito. Si se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos por falta de cobertura.
Preguntas frecuentes
¿Cómo es un día en una comunidad terapéutica?
Saber qué pasa realmente entre el desayuno y la noche ayuda a bajar la ansiedad de la familia y a explicarle a la persona qué la espera.
Leer la respuesta completa¿El tratamiento es confidencial? ¿Se entera el trabajo o el resto de la familia?
El secreto profesional protege la información de salud. Te explicamos qué se comparte, con quién, qué pasa con el trabajo y cuáles son los límites reales.
Leer la respuesta completa¿Cuál es la diferencia entre desintoxicación y tratamiento?
Dos cosas distintas que suelen confundirse, y esa confusión explica muchas recaídas tempranas. Qué abarca cada etapa y por qué ninguna reemplaza a la otra.
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