Consultas confidenciales · Atención en todo el país

Internación por adicciones con prepaga: orientación para familias de El Jardin

Las prepagas también están obligadas a cubrir el tratamiento por consumo problemático. Desde El Jardin, el primer paso es la evaluación: con ese informe se arma el pedido de cobertura.

Si estás en El Jardin. No tenemos una sede en El Jardin: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Salta.

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Preguntas frecuentes

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el Noroeste argentino

Consultar desde El Jardin

El Jardin está en Salta, en el Noroeste argentino. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.

La distancia es real y conviene planificarla: el traslado se organiza con fecha y horario acordados, y se define de antemano quién acompaña y qué documentación hace falta llevar. Nadie viaja para averiguar.

Si no podés pagar un tratamiento privado

Existe una red pública gratuita y no depende de tener obra social. La línea 141 de SEDRONAR funciona las 24 horas todos los días en todo el país, orienta también a familiares y desde ahí indican qué recurso corresponde a cada zona.

A eso se suman los hospitales públicos con servicio de salud mental, que atienden sin costo y sin requisito de cobertura, y la red federal de dispositivos territoriales. Preguntar por esas opciones no cierra ninguna puerta.

Cómo es el primer contacto

Escribís por WhatsApp y contás la situación con tus palabras. No hace falta que sepas nombrar nada en términos técnicos ni que tengas datos ordenados.

De ese lado te van a preguntar qué se consume y desde cuándo, qué se intentó antes, cómo está la salud de la persona, quiénes conviven y si hay cobertura. Con eso se define si corresponde una evaluación más completa y de qué tipo. No hay ningún compromiso en ese primer contacto.

Costo y cobertura

Cobertura: lo que dice la ley

La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley 26.657 de Salud Mental y la Ley 26.934. Un "no está cubierto" por teléfono no es la última palabra: el pedido se presenta por escrito con el informe del equipo, y la negativa también se pide por escrito.

Si no hay cobertura, existe una red pública gratuita: la línea 141 de SEDRONAR, las 24 horas, orienta también a familiares e indica qué recurso corresponde a cada zona.

Contanos la situación

Un profesional del equipo te responde y te orienta sobre los pasos concretos, sin costo ni compromiso.

Ante una urgencia médica llamá al 107 o al 911. Este sitio no es un servicio de emergencias.

¿Necesitás orientación ahora? Te respondemos por WhatsApp y conversamos tu caso sin compromiso.