Internación por adicciones con obra social: orientación para familias de Gessler
El tratamiento por consumo problemático está en el Programa Médico Obligatorio. Si la obra social te dice que no por teléfono, el pedido se hace por escrito con el informe del equipo. Consultas desde Gessler.
Si estás en Gessler. No tenemos una sede en Gessler: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Santa Fe.
Consultar desde Gessler
Gessler está en Santa Fe, en la región centro del país. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.
El traslado se coordina con fecha y horario acordados. Aun cuando la distancia es manejable, conviene que el día del ingreso esté organizado de antemano y no resuelto sobre la marcha.
Qué cubre la obra social o la prepaga
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934.
Un "no está cubierto" dicho por teléfono no es la última palabra. El pedido se presenta por escrito, con el informe del equipo que evaluó a la persona, y la negativa también se pide por escrito. Si se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos por falta de cobertura.
Qué preguntar antes de elegir un centro
Cinco preguntas que conviene hacer en cualquier lugar que estén evaluando, incluido este: quién evalúa y con qué formación, qué profesionales están y en qué horarios, cómo se maneja una urgencia médica, qué pasa si la persona quiere irse, y qué incluye exactamente lo que se cobra.
Una respuesta vaga a cualquiera de esas cinco es información. Un lugar que promete resultados o pone un plazo cerrado antes de evaluar, también.
Cómo se paga un tratamiento
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley 26.657 de Salud Mental y la Ley 26.934. Un "no está cubierto" por teléfono no es la última palabra: el pedido se presenta por escrito con el informe del equipo, y la negativa también se pide por escrito.
Si no hay cobertura, existe una red pública gratuita: la línea 141 de SEDRONAR, las 24 horas, orienta también a familiares e indica qué recurso corresponde a cada zona.
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Preguntas frecuentes
¿Es normal sentir culpa por internar a un familiar?
La culpa es una de las reacciones más frecuentes y no indica que te estés equivocando. El problema aparece cuando es ella la que empieza a tomar las decisiones.
Leer la respuesta completa¿Qué es una comunidad terapéutica y en qué se diferencia de una clínica?
Se parecen desde afuera, pero no tratan lo mismo ni de la misma manera. Te explicamos la diferencia real para que sepas qué estás buscando.
Leer la respuesta completa¿El tratamiento es confidencial? ¿Se entera el trabajo o el resto de la familia?
El secreto profesional protege la información de salud. Te explicamos qué se comparte, con quién, qué pasa con el trabajo y cuáles son los límites reales.
Leer la respuesta completaEscribinos desde Gessler
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