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Qué pasa después del alta: orientación para familias de Santa Fe

El alta es el momento más frágil: la persona vuelve a su entorno con herramientas nuevas. Por eso el egreso se prepara desde adentro, incluido el regreso a Santa Fe si es de ahí.

Si estás en Santa Fe. No tenemos una sede en Santa Fe: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Santa Fe.

Cómo es por dentro

Las etapas de un tratamiento

Un tratamiento residencial tiene etapas: evaluación y adaptación, trabajo terapéutico sostenido y preparación del egreso. La duración no se define por un paquete cerrado de semanas, sino por cómo evoluciona el proceso.

Saber de antemano cómo es la rutina, cómo se organizan las visitas y qué pasa después del alta ayuda a la persona a aceptar y a la familia a sostener la decisión.

la región centro del país

Consultar desde Santa Fe

Santa Fe está en Santa Fe, en la región centro del país. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.

El traslado se coordina con fecha y horario acordados. Aun cuando la distancia es manejable, conviene que el día del ingreso esté organizado de antemano y no resuelto sobre la marcha.

Si la persona todavía no acepta tratarse

Es la situación más frecuente y no es un callejón sin salida. Que alguien no acepte hoy no significa que no vaya a aceptar, y la ambivalencia forma parte del cuadro y no de su personalidad.

Mientras tanto se puede trabajar con quienes conviven con la situación: cómo plantear la conversación, qué límites tienen sentido y cuáles no se van a poder sostener, y qué cosas que se hacen por amor terminan amortiguando las consecuencias del consumo. Esa consulta la puede iniciar la familia sola.

Qué cubre la obra social o la prepaga

La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934.

Un "no está cubierto" dicho por teléfono no es la última palabra. El pedido se presenta por escrito, con el informe del equipo que evaluó a la persona, y la negativa también se pide por escrito. Si se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos por falta de cobertura.

Antes de escribir

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