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Comunidad terapéutica económica: orientación para familias de Fuentes

Lo más barato no siempre es lo que menos cuesta: un tratamiento sin equipo profesional suele terminar en abandono y en volver a empezar. Antes de decidir por precio desde Fuentes, revisá qué cubre la obra social y qué ofrece la red pública.

Si estás en Fuentes. No tenemos una sede en Fuentes: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Santa Fe.

Costo y cobertura

Cobertura: lo que dice la ley

La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley 26.657 de Salud Mental y la Ley 26.934. Un "no está cubierto" por teléfono no es la última palabra: el pedido se presenta por escrito con el informe del equipo, y la negativa también se pide por escrito.

Si no hay cobertura, existe una red pública gratuita: la línea 141 de SEDRONAR, las 24 horas, orienta también a familiares e indica qué recurso corresponde a cada zona.

la región centro del país

Consultar desde Fuentes

Fuentes está en Santa Fe, en la región centro del país. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.

El traslado se coordina con fecha y horario acordados. Aun cuando la distancia es manejable, conviene que el día del ingreso esté organizado de antemano y no resuelto sobre la marcha.

Si la persona todavía no acepta tratarse

Es la situación más frecuente y no es un callejón sin salida. Que alguien no acepte hoy no significa que no vaya a aceptar, y la ambivalencia forma parte del cuadro y no de su personalidad.

Mientras tanto se puede trabajar con quienes conviven con la situación: cómo plantear la conversación, qué límites tienen sentido y cuáles no se van a poder sostener, y qué cosas que se hacen por amor terminan amortiguando las consecuencias del consumo. Esa consulta la puede iniciar la familia sola.

Qué cubre la obra social o la prepaga

La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934.

Un "no está cubierto" dicho por teléfono no es la última palabra. El pedido se presenta por escrito, con el informe del equipo que evaluó a la persona, y la negativa también se pide por escrito. Si se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos por falta de cobertura.

Antes de escribir

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura una internación por adicciones?

La pregunta que toda familia hace en la primera llamada. La respuesta honesta no es un número fijo, pero sí se puede explicar de qué depende.

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¿Cómo es el primer contacto con el centro y qué nos van a preguntar?

Qué esperar de la primera conversación con un centro de tratamiento, qué información te van a pedir y cuáles son las señales de alarma que conviene tener en cuenta.

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¿Se puede internar a una persona que no quiere tratarse?

La respuesta legal no es la que la mayoría de las familias espera, y esa diferencia importa. Qué se puede hacer realmente cuando la persona se niega a tratarse.

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