Cobertura de internación por drogas: orientación para familias de Rafael Castillo
La Ley de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934 respaldan la cobertura del tratamiento por consumo. Si la negativa se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos. Consultas desde Rafael Castillo.
Si estás en Rafael Castillo. No tenemos una sede en Rafael Castillo: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Córdoba.
Preguntas frecuentes
¿Qué hacemos si hay una urgencia y no sabemos cómo actuar?
Ante riesgo de vida se llama al 911 o a emergencias médicas. Te ayudamos a distinguir una urgencia real de una crisis que se puede encauzar con una consulta.
Leer la respuesta completa¿Qué profesionales trabajan en un centro de adicciones?
Un tratamiento serio no lo sostiene una sola persona. Te contamos quiénes suelen integrar el equipo y qué preguntar para verificarlo.
Leer la respuesta completa¿Se puede internar a una persona que no quiere tratarse?
La respuesta legal no es la que la mayoría de las familias espera, y esa diferencia importa. Qué se puede hacer realmente cuando la persona se niega a tratarse.
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Consultar desde Rafael Castillo
Rafael Castillo está en Córdoba, en la región centro del país. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.
El traslado se coordina con fecha y horario acordados. Aun cuando la distancia es manejable, conviene que el día del ingreso esté organizado de antemano y no resuelto sobre la marcha.
Confidencialidad
La consulta es confidencial. Ni el trabajo, ni la escuela, ni el resto de la familia se enteran por nosotros: lo que se comparte y con quién lo decide la propia persona, salvo las situaciones que la ley obliga a informar.
Es una preocupación que aparece temprano y frena consultas durante meses. Conviene plantearla en el primer contacto y sacársela de encima.
Cuando además hay un problema de salud mental
Es frecuente que el consumo conviva con cuadros de ansiedad, del estado de ánimo u otros diagnósticos previos. Cuando eso pasa, abordar una sola de las dos cosas suele rendir poco.
Por eso la evaluación inicial pregunta por tratamientos psicológicos o psiquiátricos anteriores y por la medicación que la persona esté tomando. No es burocracia: cambia lo que se indica.
Qué cubre la obra social
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley 26.657 de Salud Mental y la Ley 26.934. Un "no está cubierto" por teléfono no es la última palabra: el pedido se presenta por escrito con el informe del equipo, y la negativa también se pide por escrito.
Si no hay cobertura, existe una red pública gratuita: la línea 141 de SEDRONAR, las 24 horas, orienta también a familiares e indica qué recurso corresponde a cada zona.
¿Querés consultar desde Rafael Castillo?
Un profesional del equipo te responde y te orienta sobre los pasos concretos, sin costo ni compromiso.
Ante una urgencia médica llamá al 107 o al 911. Este sitio no es un servicio de emergencias.