Cobertura de internación por drogas: orientación para familias de Mendoza
La Ley de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934 respaldan la cobertura del tratamiento por consumo. Si la negativa se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos. Consultas desde Mendoza.
Si estás en Mendoza. No tenemos una sede en Mendoza: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Mendoza.
Qué cubre la obra social
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley 26.657 de Salud Mental y la Ley 26.934. Un "no está cubierto" por teléfono no es la última palabra: el pedido se presenta por escrito con el informe del equipo, y la negativa también se pide por escrito.
Si no hay cobertura, existe una red pública gratuita: la línea 141 de SEDRONAR, las 24 horas, orienta también a familiares e indica qué recurso corresponde a cada zona.
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Preguntas frecuentes
¿Cómo es un día en una comunidad terapéutica?
Saber qué pasa realmente entre el desayuno y la noche ayuda a bajar la ansiedad de la familia y a explicarle a la persona qué la espera.
Leer la respuesta completa¿Se puede internar a una persona que no quiere tratarse?
La respuesta legal no es la que la mayoría de las familias espera, y esa diferencia importa. Qué se puede hacer realmente cuando la persona se niega a tratarse.
Leer la respuesta completa¿Qué profesionales trabajan en un centro de adicciones?
Un tratamiento serio no lo sostiene una sola persona. Te contamos quiénes suelen integrar el equipo y qué preguntar para verificarlo.
Leer la respuesta completaConsultar desde Mendoza
Mendoza está en Mendoza, en la región de Cuyo. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.
El traslado se coordina con fecha acordada y con la familia sabiendo de antemano cómo es cada tramo. La evaluación se hace antes, a distancia, para no mover a nadie sin saber qué corresponde.
Por qué la evaluación va antes que elegir un lugar
La mayoría de las familias empieza al revés: busca centros, compara precios y pregunta si hay lugar. Es entendible cuando hay urgencia, pero sin una evaluación previa no hay forma de saber qué corresponde.
Una evaluación mira la situación completa y no solo la sustancia: el estado de salud, hace cuánto se sostiene el consumo, si hubo tratamientos anteriores, cómo es el entorno y si aparecen otras cuestiones de salud mental. De ahí sale una indicación, que muchas veces no es una internación.
Qué cubre la obra social o la prepaga
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934.
Un "no está cubierto" dicho por teléfono no es la última palabra. El pedido se presenta por escrito, con el informe del equipo que evaluó a la persona, y la negativa también se pide por escrito. Si se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos por falta de cobertura.
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Ante una urgencia médica llamá al 107 o al 911. Este sitio no es un servicio de emergencias.