Cobertura de internación por drogas: orientación para familias de Los Cardos
La Ley de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934 respaldan la cobertura del tratamiento por consumo. Si la negativa se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos. Consultas desde Los Cardos.
Si estás en Los Cardos. No tenemos una sede en Los Cardos: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Santa Fe.
Cobertura: lo que dice la ley
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley 26.657 de Salud Mental y la Ley 26.934. Un "no está cubierto" por teléfono no es la última palabra: el pedido se presenta por escrito con el informe del equipo, y la negativa también se pide por escrito.
Si no hay cobertura, existe una red pública gratuita: la línea 141 de SEDRONAR, las 24 horas, orienta también a familiares e indica qué recurso corresponde a cada zona.
Preguntas frecuentes
¿Qué hago si dice que puede dejarlo solo?
La frase más repetida en las familias, y por qué discutirla de frente casi nunca funciona. Qué se puede proponer en lugar de exigir que reconozca el problema.
Leer la respuesta completa¿Una recaída significa que el tratamiento fracasó?
Una recaída no es el final del proceso ni la prueba de que el tratamiento no sirvió. Te contamos cómo se lee clínicamente y qué conviene hacer cuando pasa.
Leer la respuesta completa¿Cómo es el primer contacto con el centro y qué nos van a preguntar?
Qué esperar de la primera conversación con un centro de tratamiento, qué información te van a pedir y cuáles son las señales de alarma que conviene tener en cuenta.
Leer la respuesta completaConsultar desde Los Cardos
Los Cardos está en Santa Fe, en la región centro del país. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.
El traslado se coordina con fecha y horario acordados. Aun cuando la distancia es manejable, conviene que el día del ingreso esté organizado de antemano y no resuelto sobre la marcha.
Si la persona todavía no acepta tratarse
Es la situación más frecuente y no es un callejón sin salida. Que alguien no acepte hoy no significa que no vaya a aceptar, y la ambivalencia forma parte del cuadro y no de su personalidad.
Mientras tanto se puede trabajar con quienes conviven con la situación: cómo plantear la conversación, qué límites tienen sentido y cuáles no se van a poder sostener, y qué cosas que se hacen por amor terminan amortiguando las consecuencias del consumo. Esa consulta la puede iniciar la familia sola.
Qué cubre la obra social o la prepaga
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934.
Un "no está cubierto" dicho por teléfono no es la última palabra. El pedido se presenta por escrito, con el informe del equipo que evaluó a la persona, y la negativa también se pide por escrito. Si se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos por falta de cobertura.
Otras consultas desde Los Cardos
- Adicciones: consultas desde Los Cardos
- Diferencia entre clínica y comunidad terapéutica
- Tratamiento por consumo de tusi
- Clínica de rehabilitación de adicciones
- Comunidad terapéutica para mujeres
- Hogar de recuperación de adicciones
- Internar a un familiar que no quiere
Cobertura de internación por drogas: otras localidades de Santa Fe
Contanos la situación
Un profesional del equipo te responde y te orienta sobre los pasos concretos, sin costo ni compromiso.
Ante una urgencia médica llamá al 107 o al 911. Este sitio no es un servicio de emergencias.