Cobertura de internación por drogas: orientación para familias de Constitucion
La Ley de Salud Mental 26.657 y la Ley 26.934 respaldan la cobertura del tratamiento por consumo. Si la negativa se sostiene, la Superintendencia de Servicios de Salud recibe reclamos. Consultas desde Constitucion.
Si estás en Constitucion. No tenemos una sede en Constitucion: la consulta inicial es a distancia y el tratamiento se realiza en nuestro centro. Si el equipo indica internación, se coordina con la familia cómo y cuándo se hace el ingreso desde Ciudad de Buenos Aires.
Consultar desde Constitucion
Constitucion está en Ciudad de Buenos Aires, en la región centro del país. No tenemos una sede ahí: el primer contacto, las preguntas de la familia y la evaluación se hacen a distancia, por WhatsApp o por teléfono.
El traslado se coordina con fecha y horario acordados. Aun cuando la distancia es manejable, conviene que el día del ingreso esté organizado de antemano y no resuelto sobre la marcha.
Si no podés pagar un tratamiento privado
Existe una red pública gratuita y no depende de tener obra social. La línea 141 de SEDRONAR funciona las 24 horas todos los días en todo el país, orienta también a familiares y desde ahí indican qué recurso corresponde a cada zona.
A eso se suman los hospitales públicos con servicio de salud mental, que atienden sin costo y sin requisito de cobertura, y la red federal de dispositivos territoriales. Preguntar por esas opciones no cierra ninguna puerta.
Cómo es el primer contacto
Escribís por WhatsApp y contás la situación con tus palabras. No hace falta que sepas nombrar nada en términos técnicos ni que tengas datos ordenados.
De ese lado te van a preguntar qué se consume y desde cuándo, qué se intentó antes, cómo está la salud de la persona, quiénes conviven y si hay cobertura. Con eso se define si corresponde una evaluación más completa y de qué tipo. No hay ningún compromiso en ese primer contacto.
Preguntas frecuentes
¿Se puede visitar a la persona internada?
Una de las primeras preguntas de toda familia. Te explicamos cómo funcionan las visitas y por qué existen períodos de adaptación.
Leer la respuesta completa¿Se atienden adolescentes? ¿Cómo cambia el abordaje?
Con un adolescente cambian el encuadre legal, el rol de los padres y los tiempos del proceso. Te contamos qué se hace distinto y cómo es la primera consulta.
Leer la respuesta completa¿Es normal sentir culpa por internar a un familiar?
La culpa es una de las reacciones más frecuentes y no indica que te estés equivocando. El problema aparece cuando es ella la que empieza a tomar las decisiones.
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Cobertura: lo que dice la ley
La cobertura del tratamiento por consumo problemático es obligatoria para obras sociales y prepagas: está en el Programa Médico Obligatorio y la sostienen la Ley 26.657 de Salud Mental y la Ley 26.934. Un "no está cubierto" por teléfono no es la última palabra: el pedido se presenta por escrito con el informe del equipo, y la negativa también se pide por escrito.
Si no hay cobertura, existe una red pública gratuita: la línea 141 de SEDRONAR, las 24 horas, orienta también a familiares e indica qué recurso corresponde a cada zona.
Contanos la situación
Un profesional del equipo te responde y te orienta sobre los pasos concretos, sin costo ni compromiso.
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